Salvaguarda C

ABORDAJE DE LA SALVAGUARDA C

Panamá interpreta esta salvaguarda a través de cuatro elementos centrales
  1. Reconocimiento explícito de los pueblos indígenas:
    • El marco legal panameño reconoce a los pueblos indígenas y sus estructuras tradicionales de gobierno.
    • Se definen parámetros claros para identificar a los pueblos indígenas, reconociendo su descendencia, instituciones propias y cultura distintiva.
  2. Respeto y protección de sus derechos:
    • Se garantizan derechos fundamentales como la autodeterminación, no discriminación, derechos lingüísticos y derechos culturales.
    • Se reconoce y protege la tenencia colectiva de la tierra y los derechos sobre los recursos naturales dentro de sus territorios.
    • Se establece la obligatoriedad del Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) para planes, programas y proyectos que les afecten (Ley 37 de 2016).
    • La legislación panameña en materia indígena es considerada entre las más avanzadas del mundo, según el Relator Especial de la ONU.
  3. Respeto y valoración de los conocimientos tradicionales:
    • Se reconocen y protegen los conocimientos tradicionales como parte del patrimonio cultural de los pueblos indígenas.
    • Se prohíbe el registro no autorizado de nombres comerciales o elementos culturales indígenas.
    • Se integran los conocimientos tradicionales en estrategias como el biocomercio y la bioprospección, asegurando el cumplimiento del Protocolo de Nagoya sobre distribución justa de beneficios.

Respeto de la Salvaguarda C

La Salvaguarda B de Panamá, centrada en la transparencia y eficacia de la gobernanza forestal, se implementa a través de cuatro pilares: garantizando el acceso a la información mediante veedurías ciudadanas y cartografía comunitaria, reconociendo y protegiendo los derechos de tenencia de la tierra con la entrega de más de 8,000 títulos (43% a mujeres), asegurando una distribución justa de beneficios mediante incentivos económicos directos a través del Programa PIEA.
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